Durante esta jornada, el Presidente Sebastián Piñera promulgó la anunciada Ley de Pensión Anticipada, la cual está enfocada en la oportunidad de retirar los fondos de AFP para las personas diagnosticadas con una enfermedad terminal.
De acuerdo con lo acordado, el proyecto considera un retiro de fondos como excedente de libre disposición, manteniendo los recursos necesarios para financiar: una renta temporal por 12 meses igual a la Pensión Básica Solidaria, una cuota mortuoria de $436 mil (a excepción de aquellos del PBS) y las pensiones de sobrevivencia para afiliados que tengan beneficiarios de esta.
El día de ayer, la iniciativa fue revisada y aprobada por la Cámara de Diputados de manera unánime, con 134 votos, lo que permitió la promulgación de parte del Ejecutivo durante este viernes.
Proceso de retiro
A partir del 1 de julio de 2021, el afiliado debe hacer una solicitud de certificación de enfermo terminal a su AFP, y debe acompañarla con un certificado médico que esté firmado por el médico tratante, además del director del establecimiento médico.
Luego, la AFP debe derivarla al Consejo Médico en dos días hábiles, el que tendrá cinco días hábiles para responder al afiliado y a la AFP la resolución. Si necesitara más antecedentes, el Consejo Médico podría pedir hasta 10 días hábiles para notificar el resultado.
Si este organismo rechazara la solicitud, el afiliado podrá apelar ante el Consejo Médico de Apelaciones, que también tendrá cinco días hábiles para responder o máximo diez si necesitara más antecedentes.
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