El Segundo Juzgado de Policía Local de Maipú acogió la denuncia infraccional y la demanda civil de indemnización de perjuicios que hizo un cliente contra la tienda Easy, luego de que se le vendiera un artículo defectuoso que luego le provocó lesiones.
Se trataba de un soplete a gas que el hombre compró en el Easy ubicado en el Mall Arauco Maipú. Según el afectado, siguió todos los protocolos y recomendaciones de uso para utilizar la herramienta, pero cuando comenzó a hacer uso de ella, explotó.
El hecho le generó lesiones graves al vecino, que terminó con serias quemaduras en la cara, orejas, brazos y manos, por lo que además se vio en la obligación de ausentarse de su trabajo por 4 meses, y afectó su estilo de vida y su autoestima, según señaló el Diario Constitucional, que, tras el fallo, explicó en su plataforma detalladamente el caso.
Luego del incidente, el usuario ingresó un reclamo al Servicio Nacional del Consumidor (Sernac). Ante esto, Easy le pidió que llevar el producto defectuoso hasta la misma tienda donde lo adquirió para que se realizara un peritaje.
Sin embargo, el hombre asegura que después de llevar la herramienta, desde Easy no lo volvieron a contactar.
Así, el usuario tomó la decisión de presentar una denuncia contra la tienda, donde solicitó que se condene a Easy a que pague una multa y una indemnización de perjuicios por un total de $30.392.990 «por concepto de daño emergente y daño moral«.
En una primera instancia, la tienda denunciada solicitó el rechazo de ambas acciones ya que, según ellos, no existiría infracción alguna de su parte, puesto que el producto en cuestión cumpliría con todas las certificaciones y permisos de la autoridad competente, concluyendo que el accidente que sufrió el usuario fue por la mala manipulación del producto.
A pesar de esta versión, el Segundo Juzgado de Policía Local de Maipú acogió la denuncia infraccional y la demanda civil, tras lo cual se condenó a Easy a pagar una multa ascendente a 30 UTM, y a pagar también $9.094.719 como compensación por los daños causados.
Aunque ninguna de las dos partes quedó conforme, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó el fallo de primera instancia. La sentencia señala específicamente que “la prueba documental aportada por la denunciada en orden a demostrar la funcionalidad del referido soplete, no ha sido bastante para alterar la conclusión sobre la dinámica del accidente que concluyó con el actor con lesiones que lo califican como gran quemado”.
Además, la misma Corte indicó que lo que debía probar Easy era que la herramienta se encontraba en óptimas condiciones, cosa que no logró hacer. En cambio, el denunciante sí comprobó su parte de la historia.
De todas formas, el fallo expone que se demostró que el cliente no utilizó los guantes pigmentados ni los lentes de seguridad que se comprenden en el kit adquirido con la herramienta, por lo que, si bien no exime de responsabilidad a Easy, impone al comprador el tener que asumir una parte de responsabilidad en ese sentido.
Finalmente, y tras una nueva solicitud del denunciante de aumentar la indemnización, la Corte aceptó incluir los gastos médicos de las lesiones e incrementar la reparación de daño moral.
Así, la Corte confirmó la sentencia con declaración que el daño emergente a pagar por la tienda Easy se fijó en $3.805.429 y el daño moral en la suma de $10.000.000.
Aquí puedes ver ambas sentencias publicadas por el Diario Constitucional:
2° Juzgado de Policía Local de Maipú.
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