Tribunal Ambiental rechazó reclamaciones que pretendían anular aprobación del proyecto de oleoducto de Sonacol

Hace unos días, el Segundo Tribunal Ambiental, rechazó por unanimidad las reclamaciones interpuestas por parte de la Municipalidad de Maipú en contra de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana por la aprobación del proyecto “Segunda Línea Oleoducto M-AAMB” de la Sociedad Nacional de Oleoductos S.A.

Se trata de la polémica construcción de un ducto de 12 pulgadas de diámetro (30 cm aprox) con una longitud de casi 27 km, que tiene por objetivo abastecer con kerosene al aeropuerto de Santiago con un caudal de 220 a 1.000 m3/hora, lo cual ha mantenido a los vecinos especialmente preocupados desde que a fines de noviembre de 2019, seremis de la Región Metropolitana y la Intendencia -en ese entonces- aprobaran el proyecto que se había presentado en 2016.

Cabe recordar que Sonacol es una empresa que se creó en 1957 y que hasta hoy es la encargada del abastecimiento de petróleo al aeropuerto, con un sistema conectado de oleoductos de 465 kilómetros.

Según detallan en sus propias plataformas, la red se extiende «desde Quintero por el Norte hasta San Fernando por el Sur. Está compuesta por dos líneas Quintero-Concón una dedicada para transportar gas licuado de petróleo y la otra para productos limpios (gasolina 93 y 97, diesel A1, kerosene de aviación y doméstico), dos líneas Concón-Maipú dedicadas a los mismos servicios respectivamente, una línea San Fernando-Maipú, para productos limpios, la que está habilitada para operar de forma bidireccional, y una línea Maipú-Aeropuerto para kerosene de aviación».

El trazado que pretende incorporar el proyecto en cuestión, además de los barrios El Abrazo, Los Bosquinos y Las Industrias­ ya intervenidos, serían el barrio Pehuén, Sol Poniente, Portal del Sol y La Farfana, y se ubicarían a 1,80 metros de profundidad transportando combustible cuyo punto de inflamación es de 38°.

Sonacol, por su parte, ha insistido en varias oportunidades que actualmente trabajan con altos estándares de seguridad y tecnología, lo que incluye sistemas preventivos que, supuestamente, harían «muy improbable un derrame», algo que de todas formas no ha convencido a la comunidad ni a las autoridades locales.

Vecinos y autoridades locales alineadas

Una de las agrupaciones más organizadas desde la comunidad ha sido la Coordinadora No al Oleoducto, la cual no solo ha seguido de cerca los movimientos de la empresa en Maipú, sino también se ha preocupado de visibilizar e informar a los vecinos.

A principios de 2020, en conjunto con la ONG ambientalista Fima y la Municipalidad de Maipú -liderado en ese momento por la alcaldesa Cathy Barriga-, presentaron una reclamación ante la resolución del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) para detener el proyecto, pero en julio de 2021, la Comisión de Evaluación rechazó la solicitud de invalidación (Res. Ex. N°489-2021).

Por esas fechas, antes del cambio de mando, Tomás Vodanovic ya reconocía en una entrevista el «perjuicio medioambiental» del eventual nuevo oleoducto, y el 31 de agosto se ejecutó la primera acción al respecto de parte de su gestión: presentaron junto a vecinos una reclamación ante el Segundo Tribunal Ambiental en contra de la resolución de la Comisión de Evaluación que rechazó la solicitud de invalidación.

Esto se sumó a otra reclamación firmada por 11 vecinos, y luego de acumular las dos causas para noviembre de 2021 y llevar a cabo todo el proceso, y el recién pasado 30 de enero el Segundo Tribunal informó la decisión: se rechazaron las presentaciones.

Argumentos del Tribunal a favor del oleoducto

“Se concluye que las observaciones ciudadanas de los reclamantes fueron debidamente consideradas tanto en el procedimiento de evaluación como en los fundamentos de la RCA N° 725/2019, sin que, además, resulten efectivos los vicios denunciados, debido a que las situaciones de riesgo asociadas a la construcción y operación del proyecto fueron abordadas conforme con los previsto en la normativa aplicable, en cumplimiento con estándares reconocidos para este tipo de actividad”, se lee en el fallo.

En cuanto al fondo, el Tribunal determinó que también fueron debidamente abordados los impactos ambientales del proyecto sobre el medio humano, “adoptándose medidas de mitigación, reparación y/o compensación idóneas y suficientes respecto de los impactos de carácter significativo, e incluso contemplando compromisos ambientales voluntarios al respecto”. 

Según la sentencia, tampoco resultan efectivos los vicios denunciados al comprobarse la compatibilidad territorial del proyecto en tanto se trata de un trazado de infraestructura que siempre se entienden permitidos conforme con la Ordenanza de Urbanismo y Construcciones y que cumple con lo exigido por los organismos competentes. 

De acuerdo con lo precisado desde la instancia, Tribunal estuvo integrado por los ministros Cristián Delpiano Lira, presidente (s), Cristián López Montecinos y Alejandro Ruiz Fabres. La sentencia fue redactada por el ministro Ruiz, quien además planteo una prevención asociada al rol de las municipalidades dentro del proceso de evaluación ambiental.

Recurso de casación: la última acción

Tras lo determinado por la Justicia, el alcalde Tomás Vodanovic señaló que como municipio presentará un recurso de casación ante la Corte Suprema.

Esta resulta ser la última acción dentro de las facultades de la entidad edilicia, una vez más asesorada por la ONG Fima, en contra del proyecto apuntando a «los riesgos asociados, las escasas medidas de mitigación y su incompatibilidad con el Plan Regulador Comunal».

«Maipú no puede seguir siendo una zona de sacrificio, donde se instalan proyectos que jamás se ubicarían en el sector oriente de la capital, por el daño que generan a las comunidades y al medio ambiente. Seguiremos agotando las instancias judiciales para impedir la instalación de la segunda línea del oleoducto Sonacol en nuestra comuna, el cual trae un sinnúmero de riesgos, que van desde la afectación de las napas subterráneas hasta eventuales explosiones e incendios que pondrían en peligro a las personas. Esperamos que la Corte Suprema revierta la decisión del Tribunal Ambiental para entregar tranquilidad a nuestras vecinas y vecinos», afirmó Vodanovic.

En caso de acoger el recurso, el máximo tribunal del país puede dejar sin efecto el proyecto de oleoducto o bien instruir a la empresa acoger las observaciones y aplicarlas, presentando por ejemplo, un nuevo trazado y más medidas de mitigación.

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Barbara Espinoza

Directora y Editora en La Voz de Maipú . Periodista UC. Fiel creyente del derecho a la información y el rol social y fiscalizador del periodismo.

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