En relación a la reciente información emanada de medios de prensa, la Ilustre Municipalidad de Maipú informa:
1.- La licitación pública para otorgar la concesión del Servicio de Disposición final de Residuos Sólidos Domiciliarios del año 2011, fue ejecutada de conformidad a lo previsto en la ley. En tal contexto, el proceso se ejecutó en el portal de Compras Públicas del Estado bajo la Id N° 2770-19-lp11, y se ajustó íntegramente a la instrucción N° 1/2006, de carácter general para el mercado de la recolección, transporte y disposición final de residuos sólidos domiciliarios, aplicables a todo el territorio nacional, establecidas por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, en resolución de 8 de junio de 2006.
2.- En el cumplimiento de esas instrucciones, el proceso de licitación pública fue objeto de un control de legalidad preventivo por parte de la Fiscalía Nacional Económica, institución que mediante ordinario de 21 de marzo de 2011, señala que las bases se ajustan a los criterios establecidos en esas instrucciones.
3.- En la licitación pública antes señalada, se presentaron dos oferentes, la empresa KDM S.A. con un monto de $ 8.981 impuestos incluidos, y la empresa Consorcio Santa Marta S.A. con un monto de $ 10.588, impuestos incluidos, ambas ofertas por tonelada dispuesta. En tal contexto, la licitación fue adjudicada a la empresa KDM, empresa que ha presentado el menor valor en dicho proceso licitatorio. Vale decir, la licitación se adjudicó a la empresa que presentó la oferta más económica.
4.- Podemos señalar que en la licitación pública no existieron barreras de entrada, pudiendo todos y cada uno de los agentes del mercado participar de ella. Lo anterior se ratifica por parte del Honorable Tribunal de Contratación Pública, en sentencia firme de 21 de agosto de 2012, que rechaza el reclamo interpuesto por la empresa Proactiva Servicios Urbanos S.A., y que concluye que la licitación no contempla ninguna barrera de entrada, circunstancia que permite a cualquier empresa presentarse a la licitación.
5.- En atención a los datos antes citados, la Ilustre Municipalidad de Maipú señala enérgicamente que el proceso de licitación pública sobre disposición de residuos domiciliarios del año 2011, fue objeto de diversos controles de legalidad por parte de los órganos especializados. En ese contexto, reiteramos, la Fiscalía Nacional Económica ha expresado que las bases de la licitación se ajustan a los criterios establecidos por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, y el Honorable Tribunal de Contratación Pública ha rechazado de plano la existencia de eventuales barreras de entrada en la licitación, señalando que las bases no son ni ilegales ni arbitrarias.
6.- Reiteramos, además, de forma categórica, que la licitación pública se adjudicó a la empresa que presentó la oferta económicamente más conveniente para la Municipalidad.
7.- De acuerdo a lo antes señalado, la Ilustre Municipalidad de Maipú, manifiesta su rechazo a la información errada, torcida y malintencionada que se ha expuesto recientemente en los medios de prensa en relación a eventuales ilegalidades y arbitrariedades del proceso, barreras de entradas, preferencias por determinados oferentes y adjudicación a empresa que no presentó la oferta económicamente más conveniente en la licitación de disposición final de residuos. Esa información falsa e irresponsable, además de afectar la imagen de todos quienes somos parte de la familia municipal, ha hecho eco en sectores oportunistas que ven en estas falsedades una instancia para enlodar la labor municipal, no importando a quien se afecta con esas acusaciones.
8.- La Ilustre Municipalidad de Maipú siempre se ha ajustado a sus obligaciones y potestades, y ha dado la mayor transparencia a estos procesos. De la misma manera, ha facilitado permanentemente la labor de los Tribunales, del Consejo de Defensa del Estado y del Ministerio Público, entregando toda y cada uno de los antecedentes requeridos por dichos entes en las investigaciones que se llevan a cabo. En ese orden de ideas, a través de las unidades competentes, seguirá con especial celo el avance de los procesos, a fin de cautelar el fin primario de la Municipalidad, que es el bien común de todos los habitantes de la comuna, además de ejercer las acciones legales que correspondan.