Durante la tarde de este martes, el pleno de la Convención Constitucional aprobó en particular el artículo sobre derechos sexuales y reproductivos que declara legal el aborto, por lo que será parte del borrador de la nueva Carta Magna.
Se trata de una materia revisada durante la sesión 68 del pleno del ente redactor de la propuesta de nueva Constitución para el país.
La iniciativa corresponde al inciso 2 del artículo 16 sobre “derechos sexuales y reproductivos”, siendo aprobada por 108 votos a favor, 39 en contra y 6 abstenciones, logrando el quórum necesario de 2/3.
“El Estado garantiza el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos sin discriminación, con enfoque de género, inclusión y pertinencia cultural, así como el acceso a la información, educación, salud, y a los servicios y prestaciones requeridos para ello, asegurando a todas las mujeres y personas con capacidad para gestar, las condiciones para un embarazo, una interrupción voluntaria del embarazo, parto y maternidad voluntarios y protegidos”, establece el inciso.
Además del inciso 2, también se aprobó en el pleno el inciso 1 del artículo 16, el cual señala que “todas las personas son titulares de derechos sexuales y derechos reproductivos. Estos comprenden, entre otros, el derecho a decidir de forma libre, autónoma e informada sobre el propio cuerpo, sobre el ejercicio de la sexualidad, reproducción, el placer y la anticoncepción”.
Mientras que ambos incisos fueron aprobados, el tercer inciso fue rechazado, por 97 votos a favor del rechazo, el cual sostiene que el “Estado reconoce y garantiza el derecho de las personas a beneficiarse del avance científico para ejercer de manera libre, autónoma y no discriminatoria, sus derechos sexuales y reproductivos”.
Aunque la norma aprueba el derecho al aborto, igualmente será la ley la que fije cómo se implementará y los límites que tendrá, como por ejemplo hasta qué semana de gestación se podrá interrumpir un embarazo.
“Compañeras, hemos cumplido con nuestro mandato”, expresó una de las coordinadoras de la Comisión de Derechos Fundamentales, Janis Meneses, tras la aprobación de estos artículos.
Educación Sexual Integral
En el pleno también se aprobó el inciso primero del artículo 17 del informe de la Comisión de Derechos Fundamentales. La iniciativa, respaldada con 106 votos a favor, 39 en contra y 8 abstenciones, establece una Educación Sexual Integral.
«Todas las personas tienen derecho a recibir una Educación Sexual Integral, que promueva el disfrute pleno y libre de la sexualidad, enfocada en el placer; la responsabilidad sexo-afectiva; la autonomía, el autocuidado y el consentimiento; el reconocimiento de las diversas identidades y expresiones del género y la sexualidad; que erradique los estereotipos de género y prevenga la violencia de género y sexual», sostiene el texto.
No obstante, se rechazó el inciso segundo del artículo 17, con 87 votos a favor, 50 en contra y 15 abstenciones.
La propuesta señala que «es deber del Estado asegurar el ejercicio pleno de este derecho a través de una política única de Educación Sexual Integral, de carácter laico, desde la primera infancia y durante el curso de la vida, con pertinencia cultural y basada en la evidencia científica afianzada, incorporada de forma transversal y específica en las políticas públicas de educación, salud y otras pertinentes».
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