Eduardo Medina, el audio grabado «a la mala» y el lío judicial en el que se metió

Eduardo Medina, Foto Archivo La Voz de Maipú
Eduardo Medina, Foto Archivo La Voz de Maipú

Es abril de 2009 y Eduardo Medina, Ecologista de Maipú, se junta en algún lugar de Santiago con el Concejal Marcelo Torres y dos altos ejecutivos de la empresa KDM. El motivo es afinar detalles para que el Comité de Seguimiento pida el cierre del Relleno Sanitario Santiago Poniente, perteneciente a la empresa Proactiva. El dialogo, transcrito por Ciper Chile se puede ver en internet. Todos están muy relajados, y es porque los asistentes a la reunión no saben que Eduardo Medina esconde una grabadora, con la cual registra todas las conversaciones.

El mes de julio de 2009 está por llegar a su fin y en youtube alguien sube un video en el cual se escucha un extracto del audio obtenido por Medina. Se escucha a Marcelo Torres (Concejal RN por Maipú y -al parecer- ejecutivos de KDM). En ese entonces, nadie sabía que era sólo un pedazo de la conversación y de hecho, un medio local y un comunicador local que emite noticias por Facebook (otros emiten fotos), fueron acusados ante la justicia por haber grabado la conversación. Nadie sospechaba en ese entonces de Eduardo Medina.

Hoy comienzan a llegar respuestas que a su vez generan más dudas. ¿Fue Eduardo Medina quien subió el audio a internet?. La Voz consultó algunas fuentes bien informadas, que hablaron a condición de mantener su anonimato. El audio en cuestión habría sido vendido por Medina a un ex trabajador de KDM, quien se habría encargado de su “comercialización”.

¿A QUE PENAS SE ARRIESGA EDUARDO MEDINA?

Las grabaciones ocultas no son algo nuevo en Chile ni el mundo. Muchos recordarán el “Piñeragate” o la grabación que CHV le hizo en su despacho al juez Calvo. Claro que esos casos se enmarcan (sobretodo el segundo) en investigaciones periodísticas. Chilevisión emitió la nota del juez Calvo y 24 horas después Alejandro Guillier, leía obligado por la Dirección Ejecutiva del Canal, un comunicado en el que admitía: “un error de procedimiento en la utilización de herramientas periodísticas controversiales, que a la postre pudieran ser consideradas ilegales”. El periodista leía el comunicado, pues el Departamento Jurídico de CHV, detectó que se habían metido en un tremendo lío. No se equivocaron. 18 meses después, y tras una investigación la jueza Gabriela Pérez, condenaba el día 15 de julio de 2005, a varios periodistas del canal a “61 días de pena remitida y al pago de 50 UTM cada uno ($1.500.000 en esa fecha)

Al ingresar a una reunión privada, con una grabadora escondida, Eduardo Medina violó las leyes chilenas, pues la legislación considera las cámaras ocultas y grabaciones de audio escondidas instrumentos que violan el derecho a la honra e intimidad de las personas.

De hecho en el artículo 19º de la Constitución Chilena se establece “el respeto a la vida privada y pública y a la honra de la persona y su familia” y “la inviolabilidad del hogar y de toda forma de comunicación privada”. Cabe destacar que se entiende como “hogar” la casa u oficina o todo lugar cerrado propio o arrendado.

El código penal en su artículo 161-A establece que:

Art. 161-A. Se castigará con la pena de reclusión menor en cualquiera de sus grados y multa de 50 a 500 Unidades Tributarias Mensuales al que, en recintos particulares o lugares que no sean de libre acceso al público, sin autorización del afectado y por cualquier medio, capte, intercepte, grabe o reproduzca conversaciones o comunicaciones de carácter privado.

Igual pena se aplicará a quien difunda las conversaciones, comunicaciones, documentos, instrumentos, imágenes y hechos a que se refiere el inciso anterior.
En caso de ser una misma la persona que los haya obtenido y divulgado, se aplicarán a ésta las penas de reclusión menor en su grado máximo y multa de 100 a 500 Unidades Tributarias Mensuales.

Art. 161-B. Se castigará con la pena de reclusión menor en su grado máximo y multa de 100 a 500 Unidades Tributarias Mensuales, al que pretenda obtener la entrega de dinero o bienes o la realización de cualquier conducta que no sea jurídicamente obligatoria, mediante cualquiera de los actos señalados en el artículo precedente. En el evento que se exija la ejecución de un acto hecho que sea constitutivo de delito, la pena de reclusión se aplicará aumentada en un grado.

Por el sólo hecho de grabar la conversación Medina arriesga reclusión menor y multa. Sin embargo si se comprueba que fue él quien divulgó (subió a youtube) el audio la pena sube a reclusión menor en su grado máximo y se mantiene la multa. Ahora si se establece que Medina, tal cual lo aseguran nuestra fuentes, vendió el material, la pena de reclusión aumenta en un grado.

En la actualidad Eduardo Medina es Presidente del Partido Ecologista Verde en la Región Metropolitana y tiene intenciones de ser candidato a concejal por Maipú y Estación Central.

 

 

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Nicolás Aravena

Fundé La Voz a los 21 años. Dicen que escribo bien, me apasiona la política, fotografía y entender el mundo que habitamos. Dejé de fumar hace poco, hago chistes malos y bailo pésimo

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