En el marco de la pandemia del COVID-19, el Gobierno realizó una actualización de su instructivo para permisos de desplazamiento, definiendo además el concepto de bienes esenciales para uso doméstico.
«Bienes o servicios que tienen por fin ser utilizados por las personas dentro del domicilio, en comunas que se encuentren en Pasos 1 o 2 del Plan Paso a Paso, y que son imprescindibles para la subsistencia, el teletrabajo, la educación a distancia o el funcionamiento, conservación y seguridad del inmueble».
Así lo especifica el nuevo instructivo para permisos de desplazamiento, el que comenzará a regir a partir de este miércoles 7 de abril del 2021 a las 05.00 horas, reemplazando el instructivo anterior de fecha 01 de abril de 2021.
De esta manera, las autoridades definen los bienes en cuatro categorías: Relativos a la subsistencia de la persona, relativos al teletrabajo o educación a distancia, relativos al funcionamiento, conservación y seguridad del inmueble y otros bienes.
Bienes relativos a la subsistencia de la persona:
- Alimentos y bebestibles: todo tipo de alimentos y de líquidos.
- Productos sanitarios: todo tipo de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y, en general, cualquier bien y servicio que se relaciones con la prevención, promoción y recuperación de salud y rehabilitación de la persona enferma, tales como, medicamentos, termómetros, elementos de rehabilitación kinesiológica, etc.
- Productos necesarios para la higiene personal, tales como pasta de dientes, jabón, crema de afeitar, cremas dermatológicas, productos no cosméticos, etc.
- En general, cualquiera de los regulados en el Libro IV del Código Sanitario.
- Artículos de limpieza: todos los relativos a limpieza y cuidado del hogar, tales como cloro, agua destilada, detergentes, etc.
- Artículos necesarios para la Maternidad y primera infancia: tales como ropa y accesorios para recién nacido (incluyendo, chupetes, mantas, etc.) e infantes; ropa y accesorios para mujer en período de embarazo y lactancia; pañales, alimentos de bebe e infantiles, elementos para la protección de bebés e
infantes, coches, cunas, etc - Artículos para mascotas tales como alimentos, accesorios de higiene y cuidado.
- Artículos para el mantenimiento de jardines, plantas y áreas verdes, tales como mangueras, regadores, plaguicidas, abono, sistemas eléctricos, etc.
Bienes relativos al teletrabajo o educación a distancia:
- Artículos electrónicos, tales como computadores, impresoras, tintas, monitores, dispositivos de almacenamiento, accesorios (por ejemplo, audífonos), tablet, parlantes y accesorios de audio, celulares, recargas telefónicas, accesorios telefonía, banda ancha móvil, etc.
- Artículos de oficina: Librería, libros, artículos de oficina, artículos para manualidades, texto, útiles escolares, juguetes educativos, etc.
Bienes relativos al funcionamiento, conservación y seguridad del inmueble:
- Artículos de cocina: tales como menaje (ejemplos, ollas, loza, cubiertos, etc.), elementos para la conservación y manipulación de alimentos (ejemplos, utensilios de cocina, papel aluminio); elementos para el desecho de alimentos y residuos (ejemplos, bolsas, basureros), etc.
- Artículos de dormitorio: tales como camas, ropa de cama, almohadas, colchones, plumones, guateros, etc.
- Artículos de baño: tales como toallas, accesorios de baño, cortinas, artículos de limpieza, etc.
- Artículos de lavandería: tales como máquinas de lavar, planchas, tenderos y similares, etc.
- Electrodomésticos y línea blanca: Tales como productos de uso habitual como aspiradoras, estufas, hervidores, hornos eléctricos, licuadoras, microondas, planchas, tostadores, ventiladores,batidora, máquina de coser, calefón, cocinas, lavadoras, refrigeradores, secadora, congeladores, etc.
- Artículos de ferretería: Aquellos necesarios para la instalación, funcionamiento y conservación de la electricidad, gas, cañerías en el hogar, tales como pinturas, herraje, fijaciones, tubos, conectores, herramientas, accesorios de seguridad, todos los materiales de obra, mantención y reparación de hogares, etc.
- Muebles: tales como sillas, escritorios, muebles de dormitorio, comedores, sillones, muebles de trabajo, accesorios, etc.
- Iluminación: tales como ampolletas, velas, linternas, generadores, lámparas.
Otros bienes:
- Pilas y baterías de vehículos, fósforos y encendedores, tabaco, combustibles (ejemplos, gas, carbón, leña, etc.), neumáticos, cable puente de batería, aceites y lubricantes, materiales de mantención de vehículos (ejemplos, ampolletas, focos, elementos de seguridad), etc.
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