El día 5 de octubre del año 2011, cuando el reloj sobrepasaba levemente las 19 horas, Omar Godoy Soto, receptor judicial, llamaba de forma insistente en el domicilio de Osvaldo Silva Serqueira, en el sector La Farfana de Maipú. En el lugar, según consta en documentos del 26º Juzgado Civil de Santiago, Godoy le entregó copias de varios documentos, a un Silva Serqueira que “recibió conforme (…) pero excusó firmar”.
Pero la historia comienza mucho antes. Comienza el 10 de febrero de 2011, cuando la Contraloría General de la República publicó el informe 63/2010, donde cuestiona la contratación de Silva Serqueira, quien recibió $5.007.814 por “coordinar materias religiosas” ¡Dios Mío! La contraloría cuestionó la contratación de Silva Serqueira, pues los “Municipios de acuerdo con el Principio de Legalidad, contenido en el artículo 7 de la Carta Fundamental, los Órganos del Estado, dentro de los que se encuentran las municipalidades, solo pueden hacer aquello que expresamente les autorizan la Constitución Política y la ley. Atendido lo anterior, es dable anotar que dentro de las atribuciones que la ley N° 18.695, otorga a los municipios, no se advierte ninguna que diga relación con la coordinación de asuntos religiosos. Aún más, los municipios, como Órganos del Estado, deben respetar estrictamente la libertad de culto, consagrada en el N° 6 del artículo 19 de la Ley Suprema, por lo que no resultan ajustadas a derecho contrataciones como las de la especie (aplica criterio contenido en dictamen N° 19.191, de 2007).
El día 29 de marzo de 2011, cuando Humberto Provoste Bachmann, Juez del 26º Juzgado Civil de Santiago, da curso a una demanda que el Municipio de Maipú, ingresó en contra de Osvaldo Silva Serqueira. En ese entonces, Silva Serqueira y Christian Vittori, probablemente ya se conocían. Ambos cumplían labores en la Ilustre Municipalidad de Cerro Navia. Al servicio del Alcalde Luis Plaza (RN), Silva Serqueira veía temas de prensa, echando manos a su amplia red en el periodismo nacional. En tanto Christian Vittori, cumplía funciones de asesor. Ambos lo hacían desde sus trincheras: Osvaldo Silva como militante de RN; Vittori como DC.
El día 7 de abril de 2011, el Municipio rectificó la demanda. Desde ahí al 5 de octubre de ese mismo año, nada pasó. Hasta que el receptor judicial informó al periodista que estaba oficialmente demandado (ver imagen que encabeza este reportaje)
Ya en el año 2012, el abogado municipal vuelve a aportar antecedentes, nuevamente señalando “la rebeldía del demandado”. Curiosa frase, pues para esa fecha Silva Serqueira completaba varios meses asesorando la campaña de Christian Vittori. Seguramente, en esos días en que estaba en rebeldía con la causa que el Municipio le seguía, Osvaldo Silva, comenzaba a dar sus primeras órdenes en el Municipio de Maipú, donde llegó con el Alcalde Vittori, como parte de la nueva gestión.
DEMANDADO FIRMA CONTRATO CON EL MUNICIPIO
El día 05 de diciembre de 2012, Christian Vittori asumía como alcalde de Maipú y un día después, según consta en el portal de transparencia del Municipio, Osvaldo Silva firmaba su contrato con la gestión municipal. Por $2.685.185 estaba encargado de “implementación de soporte a la Dirección Alcaldía”. Exactamente el mismo día que Silva comenzó a trabajar para el Alcalde Vittori, el abogado Patricio Peñaloza “movía la causa en tribunales”. Sin embargo el 11 de diciembre de ese año, el tribunal no acogió la petición del abogado municipal, basándose en el artículo 52º del código de procedimiento civil, el cual señala que “Si transcurren seis meses sin que se dicte resolución alguna en el proceso, no se considerarán como notificaciones válidas las anotaciones en el estado diario mientras no se haga una nueva notificación personalmente o por cédula”. Es decir era necesario volver a notificar, al en ese momento funcionario a honorarios del Municipio de Maipú.
Seis meses después, específicamente el 24 de mayo de 2013, en momentos que Silva Serqueira recibía $3.383.333 como sueldo del Municipio de Maipú, Omar Godoy Soto, el mismo receptor judicial que en octubre del 2011 notificaba a Silva Serqueira en su domicilio, se apersonaba, con el fin de volver a notificarle. A las 11:02 Godoy llamaba en el domicilio de Silva Serqueira, pero nadie le atendió. Probablemente, el periodista se encontraba cumpliendo sus funciones en el Municipio de Maipú. El mismo que lo tiene demandado.
El 04 de julio de 2013, el abogado municipal pide al juez que cite a una “audiencia de conciliación”. Al parecer todo se “arreglará a la buena”.
El día 08 de julio de 2013, se citó a las partes a una audiencia de conciliación. El resultado de dicha audiencia no está publicado en la web judicial, y lo hemos solicitado vía transparencia al Municipio de Maipú.
¿PUEDE EL MUNICIPIO CONTRATAR A ALGUIEN A QUIEN TIENE DEMANDADO?
No se sabe en que terminó o terminará este caso. Lo que está muy claro, es que la gestión del Alcalde Christian Vittori, contrató como asesor a una persona que el Municipio que encabeza el edil, tiene demandada.
Hoy el tema lo está viendo la Contraloría nuevamente, pues con fecha 03 de junio de 2013, un dirigente social, cuyo nombre mantendremos en reserva, acudió a la contraloría y, con papeles en mano, pidió al órgano del estado, que se pronuncie respecto a la situación de Silva Serqueira. El dirigente pide al Contralor Ramiro Mendoza, que se pronuncie respecto a si la Municipalidad de Maipú debe perseverar en la acción entablada contra el periodista y si el contrato firmado entre Municipio y Silva, se ajusta a “las disposiciones administrativas legales vigentes”, considerando que está demandado por el Municipio.
En el fondo la pregunta es ¿puede el Municipio contratar a una persona que, a la vez, tiene demandada para que restituya más de $5.000.000? La respuesta está en manos de tribunales y la contraloría. Esta última ofició al Alcalde de Maipú el día 24 de junio de 2013, pidiendo en conformidad con el artículo 9º de la ley Nº10.336, en un plazo de 10 días hábiles, aclarar la situación expresada por el dirigente.