Ley «devuélveme mi casa»: arrendadores podrán recuperar sus casas en menos de un mes

La ley «devuélveme mi casa» ya entró en vigencia. Se trata de una iniciativa que permite que arrendadores puedan recuperar sus casas en un plazo de 10 días.

Esta nueva ley otorga al arrendador la facultad de solicitar la devolución de su casa a través de una demanda.

Una vez ingresada la demanda, el juez determinará un plazo de 10 días para que los arrendatarios sean desalojados por orden judicial. De no cumplirse, se solicitará la intervención de Carabineros.

Así lo explica el senador Matías Walker, impulsor de la ley, quien detalló que «el juez dará un plazo de diez días para la desocupación de la casa o del departamento, y al cabo de ese plazo se procede al desalojo con auxilio de la fuerza pública».

La iniciativa fue ingresada al Congreso en julio de 2019 y finalizó su tramitación el pasado 7 de junio, tras control de constitucionalidad.

Sobre las deudas que se tengan, al deudor se le presentarán opciones para ponerse al día. De lo contrario, arriesga el embargo de sus pertenencias antes de que sea expulsado de la casa.

En concreto, la norma indica que «a solicitud del demandante y con el mérito de lo obrado en la audiencia, el juez podrá ordenar la restitución anticipada del inmueble y el lanzamiento del arrendatario demandado, con auxilio de la fuerza pública si fuere necesario».

«Esta medida será procedente en aquellos casos en que el arrendador demandare la terminación del contrato de arrendamiento y la restitución del bien arrendado, por haberse destruido parcialmente o haber quedado inutilizado para su uso como consecuencia de la acción u omisión del arrendatario en su cuidado», indica la ley.

«En todos los casos sólo será necesario acreditar, sobre la base de los antecedentes presentados junto a la demanda y a aquellos ventilados en la audiencia, la existencia de una presunción grave del derecho que se reclama«, detalla.

«Cuando lo estime necesario para acceder a la restitución anticipada del bien arrendado, el juez podrá exigir caución (garantía) al demandante con cargo a la cual se indemnizará al arrendatario demandado de los perjuicios sufridos con el lanzamiento, si es que la sentencia definitiva del juicio no lo condenare a su restitución», añade la nueva ley, denominada informalmente por sus autores como «Devuélveme mi casa».

Asimismo, cabe aclarar que quienes no tengan contrato de arriendo pero hayan sido víctimas de la toma de sus casas, también podrán utilizar la ley a su beneficio.

Desde el Gobierno valoraron la nueva norma. El ministro de Vivienda y Urbanismo, Carlos Montes, indicó que quienes no pagan están «perjudicando a familias que viven y sobreviven de estos ingresos» y «esta ley lo que busca es enfrentar esta situación y buscar una solución».

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Constanza Reveco Montero

Periodista UC. Siempre busco hacer periodismo desde el territorio, en conexión con la comunidad y la realidad. Disfruto contar historias que revelan, visibilizan y fiscalizan. Amante de los animales y la comida.

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