Ley Nº 20.958 de Aporte al Espacio Público: una norma que todo candidato debe conocer

Pregúntele usted a su concejal o a quien pretende serlo, cuánto sabe de la nueva ley que podrá evitar o mitigar la enorme congestión vehicular que se produce en el camino a Melipilla o en la Avenida Pajaritos

Transitar en la mañana o en la tarde por el Camino a Melipilla, intentar sortear el caos vial por Pajaritos o pretender llegar más temprano haciendo uso de la Autopista del Sol no tiene mucho sentido, pareciera que debemos resignarnos a estar cerca de una hora y media arriba de los vehículos, intentando llegar a tiempo a nuestro lugares de estudio o de trabajo.

La falta de una buen plan de conectividad vial se debe al enorme número de habitantes que en los últimos 20 años han llegado a vivir a Maipú, pero también a la poca capacidad de las autoridades como para proyectar una eficiente red vial, capaz de predecir y resolver la congestión vehicular que pone en riesgo la calidad de vida de Maipucinos.

Más allá de solidarizar con el problema de congestión que arrincona a los habitantes de muchos barrios en la comuna, pregúntele Usted a su Concejal en qué puede influir el Concejo Municipal para que se tomen medidas efectivas destinadas a minimizar o amortiguar los impactos viales que genera el crecimiento del sector inmobiliario y el aumento del parque automotriz.

Soy de aquellos que cree y apuesta que la nueva Ley Nº 20.958 de Aporte al Espacio Público, se transformará en una importante herramienta para lograr equilibrios en el desarrollo urbano de la comuna, una normativa que busca que los privados que desarrollen proyectos inmobiliarios entreguen una importante cantidad de recursos a modo de compensación por el impacto vial que generan las edificaciones que construyen.

De acuerdo a la norma y su Reglamento, cada empresa deberá desembolsar un determinado porcentaje del avalúo fiscal del valor del terreno donde se ejecutarán las obras, con el fin de entregarlo a los municipios para que estos inviertan en medidas en el entorno.

Noviembre del año 2020 será la fecha de entrada en vigencia de esta Ley, lo que significa que a partir de esa fecha, todas las solicitudes de Permisos de Edificación que se presenten ante la Dirección de Obras Municipales, deberán considerar aportes al espacio público.

Uno de los factores más relevantes de la legislación es que establece que el 70% de los recursos que deberán entregar los privados que impulsen proyectos inmobiliarios, deberá utilizarse en iniciativas de movilidad, mientras que el restante 30% en proyectos que incluyan el mejoramiento integral del espacio.

Uno de los riesgos, es que, de no existir ese listado disponible para su concreción, los dineros no podrán ser ejecutados. En ese caso, será el gobierno regional el que deberá contar con esa cartera de obras. Los municipios que no tengan un Plan Comunal de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público no podrán ejecutar los recursos recaudados por esta ley, hasta tener el Plan de Movilidad aprobado por el alcalde y el concejo municipal.

La metodología para identificar y priorizar las propuestas de mejoramiento urbano, es un proceso que incorpora la participación ciudadana, así es que las organizaciones ciudadanas ya deben comenzar a dialogar e informarse, acerca de cuál es el rol que les corresponderá en la determinación de propuestas de obras a ser financiadas con cargo al Fondo que se genera a partir de los Aportes al Espacio Público.

Nolberto Salinas R.
Abogado
Profesor de Derecho Urbanístico

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