Ya entró en vigencia el reglamento de la Ley No Chat, que sanciona las conductas irresponsables relacionadas al uso de celulares y de otros dispositivos móviles estando al volante.
La Ley No Chat se agrega el numeral 5 al artículo 199 de la Ley de Tránsito, considerándose estas infracciones como gravísimas.
El objetivo de la Ley No Chat es reducir y bajar de forma drástica los siniestros por conducción no atenta.
Según un estudio realizado por la ONG No Chat, “el conducir manipulando celular aumenta 27 veces la probabilidad de ir distraído, quintuplica la probabilidad de atropello y triplica la probabilidad de ocasionar un siniestro vial”.
La misma ONG llevó a cabo unas gráficas para explicar la ley y sus implicancias.
Con este nuevo escenario, queda prohibida la conducción de un vehículo manipulando un dispositivo de telefonía móvil, así como también cualquier otro artefacto electrónico o digital que no venga incorporado de fábrica en el automóvil.
Esta prohibición rige para el conductor durante todo momento mientras éste se encuentre manejando el vehículo. No se permite utilizar aparatos tecnológicos durante los momentos en los que el conductor está, por ejemplo, esperando en una luz roja, en un taco, en una señal de disco pare, etc.
Muchos conductores se preguntaron qué ocurre en el caso del GPS, y se aclaró que se permite el uso de aplicaciones de mapas, siempre y cuando esta acción no implique manipular el dispositivo.
Sanciones que se arriesgan por incumplir la Ley No Chat
Aquellos conductores que no acaten la ley se exponen a infracciones como multas de hasta $160 mil pesos y la suspensión de licencia.
Esta suspensión del documento de conducir puede ser durante cinco y hasta 45 días, y en caso de reincidencia, la suspensión puede llegar a ser de hasta 90 días.
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